Mitos de las SA-IA (Parte 4): El fantasma de la impunidad penal, ¿qué pasa si un algoritmo comete un delito?
Por JUAN PABLO ROJAS – Abogado argentino dedicado al Derecho Corporativo Tecnológico, Constitución y Diseño de Sociedades Automatizadas y DAOs, e Ingeniería Jurídica Legislativa.
Mitos de las SA-IA (Parte 4): El fantasma de la impunidad penal, ¿qué pasa si un algoritmo comete un delito?
Entre las críticas más frecuentes y alarmistas que rodean a las Sociedades Automatizadas (SA-IA), el argumento del «vacío penal» ocupa un lugar central. Voces del ala más tradicional del derecho penal sostienen que permitir la existencia de empresas operadas por algoritmos de Inteligencia Artificial abrirá una compuerta hacia la impunidad absoluta. Se preguntan, con tono de preocupación: si el software comete un fraude fiscal, una estafa o una maniobra de lavado, ¿a quién metemos preso? ¿A una línea de código?
Esta objeción, aunque visualmente atractiva para el debate mediático, carece por completo de sustento técnico. Confunde la autonomía operativa de una herramienta tecnológica con la ausencia de responsabilidad legal y penal de los humanos y de la propia corporación que se beneficia de ella.
La Inteligencia Artificial como un instrumento sofisticado.
Para el derecho penal argentino, la ecuación es clara: el software, por más avanzado, autónomo o predictivo que sea, sigue siendo una herramienta. Si un algoritmo de alta fidelidad ejecuta una maniobra financiera delictiva, el sistema judicial no persigue a la máquina, de la misma manera que no persigue a un automóvil utilizado para un robo.
La justicia penal busca a los verdaderos arquitectos detrás del telón: los desarrolladores que programaron el software con fines ilícitos, los inversores que configuraron deliberadamente los parámetros del código para vulnerar la ley, o los administradores que omitieron los controles más elementales de cumplimiento. La autoría o la participación criminal siguen estando firmemente ancladas en la conducta humana.
Ley 27.401: La respuesta ya está escrita en nuestra legislación.
Incluso si el rastreo del individuo concreto se vuelve complejo, el ordenamiento jurídico argentino no se queda con las manos vacías. La Ley 27.401 de Responsabilidad Penal Empresaria, sancionada hace casi una década, establece con total claridad que las personas jurídicas privadas son penalmente responsables por los delitos contra la administración pública y el orden financiero cometidos, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio.
Bajo este marco normativo vigente, las SA-IA no gozan de ningún tipo de inmunidad:
Si una Sociedad Automatizada es utilizada para canalizar fondos ilícitos, la sanción recae directamente sobre el patrimonio de la corporación.
Las penas aplicables vigentes van desde multas económicas severas y la pérdida de beneficios estatales, hasta la sanción más drástica: la cancelación total de su personería jurídica y su liquidación.
La ley penal actual exige que las empresas implementen Programas de Integridad adecuados. En el caso de las SA-IA, esto se traduce en la obligación de contar con auditorías de código periódicas, sistemas de «kill switch» o frenos de emergencia, y una supervisión humana diligente sobre los algoritmos.
Lejos de configurar un escenario de impunidad, la llegada de las Sociedades Automatizadas exige elevar la vara técnica de la fiscalización. El derecho penal no necesita inventar principios nuevos para juzgar los delitos de la era digital; solo necesita aplicar con precisión y rigor técnico las herramientas que ya posee, recordando que detrás de cada algoritmo siempre hay un interés humano que debe rendir cuentas ante la ley.
En el próximo artículo: Analizamos la responsabilidad objetiva de las sociedades automatizadas (Art. 1757 CCCN) ante hackeos y fallos de código.
Sobre el Autor:
Juan Pablo Rojas es abogado dedicado al Derecho Corporativo Tecnológico, consultor estratégico y fundador de su propia firma legal orientada al ecosistema Tech y a otras áreas jurídicas innovadoras. Su práctica profesional se centra en la constitución y diseño de Arquitectura Legal para Sociedades Automatizadas por IA en Argentina, el despliegue de DAO Legal Wrappers, implementación de programas de Compliance de Código, Ingeniería Legislativa para el diseño de nuevas leyes en Argentina, entre otros temas de consultoría jurídica.
Dr. Juan Pablo Rojas Pascual.
Abogado. Mendoza, Argentina
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