Mitos de las SA-IA (Parte 7): El «Estado corporativo no humano» y la doma de algoritmos
Por JUAN PABLO ROJAS – Abogado argentino dedicado al Derecho Corporativo Tecnológico, Constitución y Diseño de Sociedades Automatizadas y DAOs, e Ingeniería Jurídica Legislativa.
Mitos de las SA-IA (Parte 7): El «Estado corporativo no humano» y por qué el derecho ya sabe domar a los algoritmos.
En el debate público sobre la incorporación de las Sociedades Automatizadas (SA-IA), es común escuchar argumentos que parecen salidos de una novela de ciencia ficción o de una película apocalíptica.
Muchos detractores de la reforma, haciendo eco de las alarmas encendidas por el célebre filósofo Yuval Noah Harari, advierten que otorgar personería jurídica a algoritmos autónomos es un peligro existencial. Afirman que estaremos creando «entes no humanos» sin frenos morales, sin conciencia y sin miedo a ir a prisión, capaces de operar de manera fría e implacable para evadir regulaciones, destruir los mercados y hackear el sistema democrático desde adentro.
La tesis de Harari es, sin duda, un brillante ejercicio de filosofía política y una advertencia distópica atendible.
Sin embargo, a los ojos de la ciencia jurídica, padece de un error conceptual severo respecto a la técnica de las ficciones legales, un terreno que el derecho civil y comercial maneja con absoluta naturalidad y éxito desde el siglo XIX.
Las corporaciones tradicionales tampoco tienen «alma» ni «moral».
Quienes se horrorizan ante la idea de una Sociedad Automatizada operada por Inteligencia Artificial olvidan un detalle fundamental: las Sociedades Anónimas tradicionales que operan hoy en Argentina y en todo el planeta tampoco tienen «frenos morales», ni «conciencia», ni sienten «miedo a la prisión», ni pueden ser confinadas en un calabozo. Por definición, una persona jurídica es una ficción legal, un instrumento técnico diseñado para organizar recursos, optimizar capital y generar utilidades.
El derecho jamás ha confiado la legalidad o el comportamiento ético de las corporaciones a la «moral» intrínseca de la empresa, sino a la fuerza coercitiva del ordenamiento normativo. La Inteligencia Artificial no introduce una mutación ontológica en la naturaleza de la corporación comercial; simplemente introduce una mejora drástica en su eficiencia operativa. El nexo causal entre el ser humano y la máquina se mantiene inalterable en el plano de la imputación jurídica.
Las herramientas de domesticación jurídica vigentes
El derecho no necesita que un algoritmo «sienta culpa» o «le tema a la cárcel» para obligarlo a cumplir la ley. Si una SA-IA despliega tácticas de evasión o conductas predatorias en el mercado, el arsenal normativo vigente en la República Argentina es más que suficiente para domesticar la ficción:
Destrucción de la viabilidad operativa: Las sanciones económicas, las multas, los decomisos y los embargos automatizados sobre sus billeteras virtuales neutralizan instantáneamente cualquier ventaja ilícita que el algoritmo intente obtener.
La disolución forzosa: Si la entidad se vuelve incorregible, el Estado conserva la facultad de cancelar su personería jurídica, desenchufando el sistema de raíz.
Responsabilidad humana y penal: Como ya demostramos, herramientas como la perforación del velo societario (Art. 54 LSC y Art. 3 del Proyecto LGS), la responsabilidad por el riesgo creado (Art. 1757 CCCN) o el régimen de la Ley de Responsabilidad Penal Empresaria (Ley 27.401) reconectan de inmediato cualquier desvío tecnológico con el patrimonio y la libertad de los humanos que diseñaron, encendieron o se beneficiaron de ese software.
El miedo al «algoritmo descontrolado» es el miedo a lo desconocido. Los abogados e ingenieros de la norma llevamos más de doscientos años domesticando ficciones legales y haciendo que respondan ante el imperio de la ley.
Las Sociedades Automatizadas no serán la excepción: el cerebro sigue siendo humano, la voluntad de cumplimiento es humana, y el ejecutor es simplemente digital.
En el próximo artículo: El argumento del «experimento». Desarmamos la idea de que Argentina está actuando de forma irresponsable al legislar sobre SA-IA y analizamos el benchmarking internacional, desde Wyoming hasta nuestra propia historia con la Ley de Firma Digital.
Sobre el Autor:
Juan Pablo Rojas es abogado dedicado al Derecho Corporativo Tecnológico, consultor estratégico y fundador de su propia firma legal orientada al ecosistema Tech y a otras áreas jurídicas innovadoras. Su práctica profesional se centra en la constitución y diseño de Arquitectura Legal para Sociedades Automatizadas por IA en Argentina, el despliegue de DAO Legal Wrappers, implementación de programas de Compliance de Código, Ingeniería Legislativa para el diseño de nuevas leyes en Argentina, entre otros temas de consultoría jurídica.
Dr. Juan Pablo Rojas Pascual.
Abogado. Mendoza, Argentina
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