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¿Qué riesgos jurídicos existen antes de invertir para la ciudadanía argentina?

Por JUAN PABLO ROJAS – Abogado argentino dedicado a Constitución y Diseño Legal de Empresas Autónomas, Sociedades Automatizadas IA, Ciudadanía Argentina por Inversión, entre otros.

 

 

¿Qué riesgos jurídicos debo analizar antes de invertir USD 350.000 u USD 800.000 para obtener la ciudadanía argentina?

 

La ciudadanía argentina por inversión representa una alternativa jurídica nueva para inversores extranjeros que buscan obtener la nacionalidad argentina mediante una inversión relevante, sin quedar sujetos al requisito general de dos años de residencia continua.

Sin embargo, una inversión de USD 350.000 o USD 800.000 no debe analizarse únicamente desde la perspectiva migratoria. Para un inversor de alto patrimonio, comprometer una suma de esta magnitud exige evaluar previamente el riesgo jurídico de la operación, la naturaleza de la inversión, la normativa aplicable, la documentación disponible, la elegibilidad personal del solicitante y el procedimiento mediante el cual el Estado argentino evaluará la solicitud.

La Ley de Ciudadanía 346 establece actualmente que los extranjeros pueden solicitar la ciudadanía por naturalización, cualquiera sea el tiempo de su residencia, cuando acrediten haber realizado una inversión relevante en Argentina. La misma normativa delega en el Ministerio de Economía la determinación de qué inversiones serán consideradas relevantes.

El Decreto 524/2025, por su parte, estableció el procedimiento institucional: la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión evalúa la inversión y, cuando corresponde, coordina informes de distintos organismos antes de elevar una recomendación a la Dirección Nacional de Migraciones, que debe adoptar una decisión fundada.

Por eso, antes de transferir capital, un inversor debería realizar un análisis jurídico dividido, al menos, en cinco categorías: riesgo de la inversión, riesgo regulatorio, riesgo documental, riesgo de elegibilidad y riesgo de procedimiento.

Respuesta directa:

Antes de invertir USD 350.000 u USD 800.000 para solicitar la ciudadanía argentina por inversión, el inversor debería verificar cinco cuestiones fundamentales: que la inversión sea jurídicamente apta para el programa y que sus condiciones económicas sean comprendidas; que la normativa que regula la operación esté vigente y suficientemente definida; que pueda documentarse de manera completa el origen y la trazabilidad de los fondos; que el solicitante supere razonablemente los controles de elegibilidad, antecedentes, seguridad y reputación; y que el procedimiento administrativo, los mecanismos de pago y la documentación exigida hayan sido oficialmente establecidos.

La existencia del capital necesario no garantiza por sí sola la obtención de la ciudadanía. El régimen contempla una evaluación de la inversión y del propio inversor, incluyendo controles de identidad, antecedentes, situación financiera, origen y trazabilidad de fondos, riesgo jurisdiccional y otros factores vinculados con la seguridad y los intereses nacionales.

En consecuencia, para un inversor de alto patrimonio, la decisión correcta no es simplemente decidir si invertir USD 350.000 o USD 800.000. Es determinar qué estructura jurídica ofrece el menor nivel de incertidumbre antes de comprometer el capital.

 

Key Facts:

  • USD 350.000: vía anunciada como una contribución no reembolsable al Tesoro Nacional.

  • USD 800.000: vía anunciada mediante la suscripción de un título público específicamente previsto para el programa.

  • Riesgo de inversión: debe analizarse qué derechos económicos y qué exposición patrimonial genera cada alternativa.

  • Riesgo regulatorio: debe distinguirse entre la legislación vigente, los anuncios oficiales y las reglas operativas que todavía deban ser desarrolladas.

  • Riesgo documental: el inversor debe poder acreditar identidad, situación personal, patrimonio, origen y trazabilidad de los fondos.

  • Source of Wealth: explica cómo se construyó el patrimonio general del inversor.

  • Source of Funds: explica el origen concreto del dinero utilizado para la inversión.

  • Riesgo de elegibilidad: antecedentes penales, reputacionales, migratorios, jurisdiccionales y otros factores pueden ser relevantes.

  • Riesgo de procedimiento: los 30 días hábiles previstos para Migraciones comienzan cuando recibe el informe de la Agencia; no constituyen necesariamente la duración total del procedimiento.

  • Riesgo fiscal: obtener ciudadanía argentina por inversión no equivale automáticamente a adquirir residencia fiscal argentina.

  • Regla práctica: para un HNWI, es recomendable analizar al inversor y la estructura de fondos antes de comprometer el capital.

 

 

1. Riesgo de la inversión: ¿qué ocurre con el capital comprometido?

El primer riesgo es posiblemente el más evidente y, al mismo tiempo, uno de los que más fácilmente se subestima.

La ciudadanía por inversión no debería confundirse con una inversión financiera tradicional. El objetivo principal del inversor es obtener la nacionalidad argentina mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos por el programa, pero la inversión puede tener características económicas propias que deben analizarse independientemente del beneficio migratorio.

El Gobierno argentino anunció dos vías principales para el solicitante principal:

  • una contribución de USD 350.000 al Tesoro Nacional, de carácter no reembolsable;

  • una inversión de USD 800.000 mediante la suscripción de un título público específicamente previsto para el programa.

Estos montos fueron anunciados oficialmente por el Gobierno argentino en octubre de 2026.

Desde la perspectiva jurídica del inversor, esto obliga a formular una pregunta previa:

¿Qué derechos económicos obtiene el inversor a cambio del capital que compromete y cuáles son las consecuencias si la ciudadanía finalmente no es concedida?

Esta cuestión es particularmente importante en la vía de USD 350.000, porque una contribución no reembolsable no debe analizarse como si fuera un depósito recuperable o una inversión con expectativa de devolución.

En la vía de USD 800.000, el análisis debe ser todavía más específico. No alcanza con conocer el valor nominal de la inversión. Es necesario revisar jurídicamente el instrumento que será suscripto, sus condiciones, emisor, vencimiento, derechos del tenedor, eventuales mecanismos de transferencia y cualquier otra característica económica que determine la exposición patrimonial del inversor.

Hasta que la documentación oficial correspondiente establezca todas esas características, no resulta jurídicamente prudente presumir rentabilidad, liquidez, rendimiento, garantía o recuperabilidad del capital.

Para un inversor HNWI, la pregunta adecuada no es simplemente:

“¿Cuál de las dos opciones es más barata?”

La pregunta profesional es:

“¿Cuál es mi exposición patrimonial total bajo cada alternativa y qué ocurre jurídicamente en cada escenario?”

2. Riesgo regulatorio: el programa todavía exige distinguir entre marco legal y reglas operativas

El segundo riesgo es regulatorio.

Argentina ya cuenta con una base jurídica para la ciudadanía por inversión. La Ley 346 contempla la inversión relevante como una vía de naturalización y el Decreto 524/2025 estableció la intervención de la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión y el procedimiento general de evaluación.

Pero una cosa es la existencia del marco jurídico y otra muy distinta es que todos los aspectos operativos del programa estén definidos con el mismo nivel de precisión.

El propio Decreto 524/2025 establece que la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión dictará normativa complementaria o aclaratoria para regular el procedimiento de solicitud y evaluación.

Además, el Gobierno anunció el 2 de octubre de 2026 que el programa estará operativo para recibir solicitudes durante el cuarto trimestre de 2026 y que incorporará estándares de debida diligencia, transparencia financiera y gestión de riesgos alineados con recomendaciones internacionales.

Esto genera una regla práctica fundamental:

No debería adelantarse una transferencia de capital únicamente sobre la base de información comercial, periodística o de terceros cuando todavía deben verificarse las instrucciones oficiales aplicables a la operación.

Un inversor internacional debe distinguir entre:

  1. lo que establece una ley o decreto vigente;

  2. lo que ha sido anunciado oficialmente por el Gobierno;

  3. lo que todavía depende de reglamentación o instrucciones operativas;

  4. y lo que simplemente aparece publicado por intermediarios privados.

Esta distinción es especialmente importante cuando están involucrados cientos de miles de dólares.

3. Riesgo documental: demostrar no solamente quién es el inversor, sino de dónde proviene su patrimonio

Para un inversor de alto patrimonio, probablemente uno de los aspectos jurídicos más relevantes sea la documentación.

El Gobierno argentino anunció que las solicitudes estarán sujetas a un proceso de debida diligencia que comprenderá, entre otros aspectos, la identidad del solicitante, la trazabilidad y legalidad de los fondos, el análisis financiero y patrimonial, el riesgo jurisdiccional, los antecedentes criminales y reputacionales y la historia migratoria.

Por lo tanto, no basta con demostrar que el solicitante tiene USD 350.000 o USD 800.000 disponibles.

Debe poder explicarse jurídicamente cómo se construyó el patrimonio y cómo se originaron exactamente los fondos que serán utilizados para la inversión.

Esto resulta particularmente importante cuando el patrimonio se encuentra distribuido entre:

  • sociedades;

  • holdings;

  • trusts;

  • fundaciones;

  • cuentas bancarias en distintos países;

  • inversiones financieras;

  • activos digitales;

  • propiedades;

  • dividendos;

  • ventas empresariales;

  • herencias;

  • donaciones;

  • estructuras familiares;

  • o sucesivas operaciones de inversión.

En estos casos, la documentación debe permitir reconstruir la historia económica de los fondos.

Por ejemplo, no necesariamente será suficiente presentar un estado de cuenta bancaria que demuestre que existen USD 800.000.

Puede ser necesario demostrar:

patrimonio → generación del ingreso → acumulación del capital → transferencia entre vehículos → cuenta bancaria de origen → cuenta receptora → inversión final.

Este análisis es especialmente importante para clientes cuya riqueza fue acumulada durante muchos años o en múltiples jurisdicciones.

Source of Wealth y Source of Funds

En operaciones internacionales de alto patrimonio conviene distinguir dos conceptos.

Source of Wealth se refiere al origen general del patrimonio del inversor: cómo construyó su riqueza.

Source of Funds se refiere al origen específico del dinero que será utilizado para una determinada operación.

Una persona puede tener un patrimonio de USD 20 millones generado durante veinte años mediante actividad empresarial y, al mismo tiempo, utilizar USD 800.000 provenientes de la venta reciente de una participación societaria.

Ambas cuestiones deben poder explicarse coherentemente.

La existencia del dinero en una cuenta bancaria es solamente una fotografía.

La debida diligencia busca comprender la película.

4. Riesgo de elegibilidad: el problema puede estar en el inversor y no en el dinero

Otro error frecuente consiste en analizar exclusivamente la inversión.

El régimen argentino no contempla únicamente una evaluación matemática del monto invertido.

El Decreto 524/2025 establece que, una vez que la Agencia considera que la inversión cumple con los requisitos para ser relevante, deben solicitarse informes a organismos como el Ministerio de Seguridad, la Unidad de Información Financiera, el Registro Nacional de Reincidencia, RENAPER y la SIDE, además de otros organismos públicos o privados que la Agencia considere necesarios. El objetivo incluye determinar si el otorgamiento de la ciudadanía podría representar un riesgo para la seguridad nacional o los intereses nacionales.

Por ello, un análisis jurídico previo debería incluir, entre otras cuestiones:

Antecedentes penales

El inversor debe analizar su situación en todas las jurisdicciones relevantes, particularmente cuando ha residido, trabajado o desarrollado actividades empresariales en distintos países.

Historial migratorio

Visas rechazadas, expulsiones, infracciones migratorias, problemas de residencia o situaciones similares pueden adquirir relevancia dependiendo de las circunstancias concretas.

Riesgo reputacional

Para un cliente HNWI, la revisión no necesariamente se limita a la existencia de una condena penal.

Litigios relevantes, investigaciones públicas, sanciones regulatorias, conflictos empresariales o información reputacional adversa pueden requerir explicación y documentación contextual.

Riesgo jurisdiccional

También importa dónde se generaron los fondos, dónde se encuentra el patrimonio y qué países intervienen en las transferencias.

Una estructura perfectamente lícita desde el punto de vista de una jurisdicción puede requerir documentación adicional cuando involucra múltiples países o jurisdicciones consideradas de mayor riesgo.

Por eso, la pregunta jurídica previa debería ser:

“Si el Estado argentino compara lo que yo declaro con la información que puede obtener de otros organismos, ¿la historia resulta completa, coherente y verificable?”

5. Riesgo de procedimiento: 30 días hábiles no significa 30 días desde que se presenta la solicitud

Este punto merece especial atención porque puede generar expectativas incorrectas.

El Decreto 524/2025 establece un plazo de 30 días hábiles para que la Dirección Nacional de Migraciones resuelva una vez que recibe el informe elaborado por la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión.

Esto no equivale necesariamente a decir que todo el proceso, desde la presentación inicial hasta la ciudadanía, tendrá una duración máxima de 30 días hábiles.

Antes de llegar a esa instancia existen etapas de evaluación de la inversión, controles e informes de distintos organismos y la elaboración del informe circunstanciado de la Agencia.

Por ello, para un inversor internacional es fundamental diferenciar:

el plazo legal de decisión de Migraciones

de

la duración total del procedimiento administrativo.

Son conceptos jurídicamente diferentes.

Un abogado que asesore a un inversor debería evitar prometer un plazo total que la normativa no garantiza.

6. Riesgo de invertir antes de que estén definidos todos los mecanismos operativos

Este es probablemente uno de los riesgos más importantes durante la etapa inicial del programa.

Un inversor puede conocer el monto anunciado y, sin embargo, todavía necesitar información oficial sobre aspectos concretos de la implementación.

Entre ellos pueden encontrarse:

  • procedimiento exacto de presentación;

  • documentación obligatoria;

  • mecanismos oficiales de pago;

  • identificación de las cuentas o mecanismos receptores;

  • documentación del título público;

  • condiciones económicas del instrumento de USD 800.000;

  • tratamiento de situaciones de rechazo;

  • reglas aplicables a determinados perfiles familiares;

  • requisitos formales para documentación extranjera;

  • traducciones y legalizaciones;

  • formularios;

  • canales oficiales de presentación;

  • y normativa complementaria.

El hecho de que una operación aparezca anunciada públicamente no significa que cualquier transferencia realizada a un tercero sea una inversión válida para el programa.

Para un cliente internacional, esta distinción es esencial.

Nunca debería confundirse el pago a un intermediario con la realización de una inversión jurídicamente reconocida por el programa.

7. Riesgo documental internacional: apostillas, traducciones y coherencia entre jurisdicciones

Los inversores de alto patrimonio suelen tener documentación producida en múltiples países.

Una misma estructura patrimonial puede involucrar:

  • certificados de nacimiento;

  • certificados de matrimonio;

  • antecedentes penales;

  • declaraciones fiscales;

  • registros societarios;

  • estados bancarios;

  • contratos;

  • escrituras;

  • documentos de trusts;

  • informes contables;

  • certificados de autoridades públicas;

  • documentación de beneficiarios finales.

El problema no es solamente conseguir estos documentos.

Es necesario que sean jurídicamente utilizables en Argentina y que sean coherentes entre sí.

Una discrepancia aparentemente pequeña —un nombre escrito de manera diferente, una fecha inconsistente, una sociedad cuya denominación cambió o una transferencia que no coincide temporalmente con la documentación patrimonial— puede generar requerimientos adicionales.

Por eso, antes de iniciar el procedimiento conviene realizar una auditoría documental preventiva.

8. Riesgo fiscal: ciudadanía y residencia fiscal no son necesariamente lo mismo

La obtención de la ciudadanía argentina por inversión no debe analizarse automáticamente como equivalente a convertirse en residente fiscal argentino.

De hecho, la normativa tributaria argentina modificada en 2026 establece expresamente que las personas extranjeras que obtengan la ciudadanía argentina por naturalización mediante una inversión relevante no serán consideradas residentes fiscales por el solo hecho de esa naturalización, salvo las situaciones específicamente contempladas por la legislación.

Para un HNWI, esto es fundamental.

La decisión de solicitar ciudadanía debe coordinarse con el análisis de:

  • residencia fiscal actual;

  • residencia fiscal futura;

  • estructuras societarias;

  • trusts;

  • inversiones internacionales;

  • patrimonio global;

  • obligaciones de información;

  • tratados fiscales;

  • y eventuales consecuencias sucesorias.

La ciudadanía es una cuestión jurídica.

La residencia fiscal es otra.

Y ambas deben analizarse conjuntamente antes de tomar una decisión patrimonial importante.

9. Riesgo de estructuración: no siempre conviene mover primero el dinero y preguntar después

Los inversores sofisticados normalmente no toman decisiones de esta magnitud comenzando por una transferencia bancaria.

Primero se analiza la estructura.

Después se documenta.

Luego se verifica la compatibilidad regulatoria.

Y finalmente se ejecuta la operación.

En el contexto de la ciudadanía por inversión, esta metodología es todavía más importante porque el capital utilizado para la inversión será posteriormente analizado dentro de un procedimiento de debida diligencia.

Por ejemplo, si los USD 800.000 pertenecen económicamente a una sociedad extranjera, pero el solicitante pretende presentarlos como fondos personales, debería analizarse previamente la estructura jurídica que explica esa disponibilidad.

Lo mismo ocurre con fondos provenientes de trusts, sociedades familiares, ventas empresariales, herencias o transferencias entre familiares.

La estructura debe ser explicable antes de que el dinero se mueva.

10. El análisis correcto para un inversor HNWI

Para un inversor de patrimonio elevado, recomendar simplemente “cumplir los requisitos” es insuficiente.

El análisis debería funcionar como una especie de legal investment readiness review.

Antes de comprometer el capital, el abogado debería poder responder al menos estas preguntas:

1. ¿La inversión elegida está jurídicamente comprendida por el programa?

2. ¿Las condiciones económicas de la inversión están suficientemente definidas?

3. ¿El origen del patrimonio puede demostrarse documentalmente?

4. ¿El origen específico de los fondos puede reconstruirse de principio a fin?

5. ¿Existen antecedentes penales, regulatorios o reputacionales que deban ser analizados?

6. ¿La historia migratoria internacional presenta algún elemento que deba explicarse?

7. ¿Las jurisdicciones involucradas presentan algún riesgo particular?

8. ¿La documentación extranjera puede utilizarse legalmente en Argentina?

9. ¿La estructura fiscal y patrimonial es compatible con la operación?

10. ¿El procedimiento y los mecanismos de inversión están oficialmente habilitados y definidos?

11. ¿Qué ocurre si la ciudadanía es rechazada después de realizada la inversión?

12. ¿Qué exposición patrimonial permanece después de la inversión?

Este último punto es especialmente importante.

La ciudadanía no debería ser analizada como una transacción aislada, sino como una decisión dentro de la planificación patrimonial internacional del inversor.

11. ¿USD 350.000 o USD 800.000? La respuesta no debería ser exclusivamente económica

Desde una perspectiva estrictamente nominal, la diferencia entre ambas alternativas es USD 450.000.

Desde una perspectiva jurídica y patrimonial, la comparación es mucho más compleja.

La vía de USD 350.000 implica una contribución de carácter no reembolsable según el anuncio oficial.

La vía de USD 800.000 implica una estructura de inversión mediante un título público específicamente previsto para el programa, cuya documentación y condiciones deben analizarse jurídicamente antes de tomar una decisión.

Por eso, no sería profesional recomendar una de las dos alternativas simplemente porque tiene un menor desembolso inicial.

La comparación debería considerar:

capital comprometido + naturaleza jurídica del instrumento + liquidez + riesgo económico + consecuencias de un eventual rechazo + tratamiento fiscal + documentación requerida + situación patrimonial del inversor.

La opción aparentemente más barata no necesariamente es la que presenta menor riesgo jurídico o patrimonial.

12. ¿Qué debería hacer un inversor antes de transferir el dinero?

La recomendación jurídica más prudente es establecer un proceso previo en etapas.

Primera etapa: análisis de elegibilidad

Se estudia al solicitante, su nacionalidad, residencia, antecedentes, historial migratorio y situación personal y familiar.

Segunda etapa: análisis patrimonial

Se reconstruye el origen del patrimonio y se identifican los activos, sociedades, cuentas y estructuras involucradas.

Tercera etapa: Source of Funds

Se identifica exactamente de dónde provienen los fondos destinados a la inversión y se documenta toda la cadena de transferencias.

Cuarta etapa: análisis regulatorio

Se verifica la normativa vigente y las instrucciones oficiales aplicables a la inversión seleccionada.

Quinta etapa: análisis documental

Se revisan certificados, documentos societarios, bancarios, fiscales, patrimoniales y personales, incluyendo los requisitos de legalización, apostilla y traducción que correspondan.

Sexta etapa: ejecución

Solamente después de completar los controles anteriores debería ejecutarse la operación de inversión conforme al mecanismo oficialmente establecido.

Este orden permite reducir uno de los principales riesgos de cualquier programa de ciudadanía por inversión:

comprometer el capital antes de haber determinado si el inversor y la operación están realmente preparados para superar la evaluación jurídica posterior.

13. El papel del abogado: no es solamente presentar la solicitud

En un procedimiento de estas características, el abogado cumple una función que va mucho más allá de completar formularios.

Su función consiste en identificar anticipadamente los puntos de riesgo.

Un buen asesoramiento jurídico debería permitir que el inversor conozca antes de comprometer su capital:

  • qué está jurídicamente confirmado;

  • qué está sujeto a reglamentación;

  • qué documentación será necesaria;

  • qué aspectos de su patrimonio pueden generar preguntas;

  • qué riesgos presentan sus jurisdicciones;

  • qué antecedentes deben ser explicados;

  • qué estructura de fondos resulta más clara;

  • qué consecuencias tiene cada alternativa de inversión;

  • y qué aspectos todavía dependen de la implementación administrativa.

En otras palabras, el abogado no debería limitarse a acompañar al cliente después de invertir.

Para una operación de este nivel, el mayor valor del asesoramiento jurídico puede estar precisamente en el momento anterior a la inversión.

Conclusiones:

La ciudadanía argentina por inversión introduce una nueva posibilidad para inversores extranjeros, pero no debe ser tratada como una operación puramente migratoria.

Para quien está considerando comprometer USD 350.000 o USD 800.000, existen al menos cinco grandes categorías de riesgo jurídico: riesgo de la inversión, riesgo regulatorio, riesgo documental, riesgo de elegibilidad y riesgo de procedimiento.

A ellas se agregan cuestiones fiscales, patrimoniales y transfronterizas que pueden ser determinantes para un inversor de alto patrimonio.

El marco jurídico argentino ya reconoce la inversión relevante como una vía para solicitar la naturalización y establece una arquitectura institucional para evaluar al inversor. El Gobierno, además, anunció en octubre de 2026 las dos vías de inversión y anticipó una implementación operativa durante el cuarto trimestre del año, con controles reforzados de debida diligencia y transparencia financiera.

Pero precisamente porque se trata de un régimen nuevo, la prudencia jurídica resulta especialmente importante.

Para un inversor internacional, la pregunta no debería ser simplemente:

“¿Tengo USD 350.000 o USD 800.000?”

La pregunta correcta es:

“¿Mi patrimonio, mis fondos, mi estructura jurídica y mi perfil personal están preparados para superar una evaluación integral antes de comprometer ese capital?”

Esa es la diferencia entre simplemente invertir para solicitar una ciudadanía y estructurar jurídicamente una operación de ciudadanía por inversión.

¿Necesita asesoramiento jurídico antes de invertir?

En Rojas Pascual Abogados analizamos la ciudadanía argentina por inversión desde una perspectiva jurídica integral, considerando la inversión, la elegibilidad del solicitante, la estructura patrimonial, el origen y trazabilidad de los fondos, la documentación internacional y los riesgos regulatorios del procedimiento.

Para inversores extranjeros y familias de alto patrimonio, el objetivo no es solamente presentar una solicitud, sino identificar y reducir los riesgos jurídicos antes de comprometer el capital.

Si está evaluando la vía de USD 350.000 o USD 800.000, puede contactarnos para analizar su situación y determinar qué aspectos deberían revisarse antes de avanzar con la inversión.

 

Sobre el Autor:

Juan Pablo Rojas Pascual es abogado dedicado al Derecho Corporativo Tecnológico, consultor estratégico y fundador de su propia firma legal orientada al ecosistema Tech y a otras áreas jurídicas innovadoras. Su práctica profesional se centra en la constitución y diseño de Arquitectura Legal para Sociedades Automatizadas por IA en Argentina, empresas autónomas, el despliegue de DAO Legal Wrappers, implementación de programas de Compliance de Código, Ingeniería Legislativa para el diseño de nuevas leyes en Argentina, asistencia legal a extranjeros que desean obtener la Ciudadanía Argentina por Inversión, entre otros temas de consultoría jurídica. 

 

Dr. Juan Pablo Rojas Pascual.

Abogado. Mendoza, Argentina

ROJAS PASCUAL – Abogados

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